Al finalizar el Crédito



Una vez que termines de pagar tu crédito personal o de nómina, deberás tener un comprobante de la inexistencia de adeudos, este comprobante puede ser a través una carta finiquito o bien un estado de cuenta, donde conste el fin de la relación contractual, es decir, la cancelación de los derechos y obligaciones. En caso de que le hayas firmado un pagaré a la institución ésta debe devolvértelo.

 
 


Fuente: Dirección General de Educación Financiera con información de las propias Instituciones Financieras y sus sitios web.